Superintendencia de Pensiones recuerda que desde este 1 de octubre quienes ingresen por primera vez al sistema deberán afiliarse a AFP Modelo, cuya comisión de administración será la más baja
- A partir de mañana, las y los trabajadores que coticen por primera vez para ahorro previsional obligatorio deberán afiliarse a Modelo. Esto, dado que en marzo pasado fue esa entidad la que se adjudicó la última licitación de cartera de nuevos afiliados, tras ofrecer la menor comisión del sistema: 0,58% de la remuneración imponible por gestionar las cuentas de capitalización individual obligatoria.
- Para proteger los intereses de las personas, la ley establece que las y los trabajadores, asalariados e independientes, que coticen por primera vez deberán permanecer dos años en la administradora que ganó la última licitación, en este caso por el período 2021-2023. Pero también señala que si esa AFP sube la comisión o si otra AFP ofrece una más baja que la que ganó la última licitación, las personas podrán cambiarse a la que estimen conveniente.
- Cabe recordar que la adjudicación de dicha licitación, en marzo pasado, se resolvió por parte de la Comisión Evaluadora luego de analizar en detalle el contenido de los sobres con las ofertas económicas de las dos administradoras que participaron en el proceso. En el caso de Modelo también se analizó la oferta técnica adicional, ya que presentó la menor comisión.
Santiago, 30/09/2021.-
Desde este 1 de octubre de 2021, quienes ingresen por primera vez a cotizar en el sistema de capitalización individual obligatoria deberán afiliarse a AFP Modelo. Esto, debido a que en marzo pasado fue esa administradora la que se adjudicó la última licitación de cartera de nuevos afiliados y afiliadas, tras ofrecer la comisión más baja por gestionar sus cuentas de ahorro previsional obligatorio: de la industria, de un 0,58% de la remuneración imponible de esas personas.
Es importante tener presente que la comisión de 0,58% también se aplicará a las personas que ya se encuentran afiliadas a AFP Modelo.
La licitación de cartera de nuevos afiliados al sistema es parte de los cambios incorporados en la reforma previsional de 2008 y tiene como objetivo incentivar la competencia entre las distintas AFP e incrementar su eficiencia mediante el cobro de precios competitivos o menores por la gestión de los ahorros previsionales. De esta manera, la medida va en directo beneficio de las personas, ya que de la cotización mensual que realizan en sus cuentas de capitalización individual obligatoria y que se rebaja de su remuneración imponible, un 10% se destina a ahorro previsional y otro porcentaje -que varía según la AFP en la que está afiliada- se destina a pagar la comisión que esa administradora le cobra por gestionar sus fondos.
Para proteger los intereses de las personas, la ley establece que las y los trabajadores, asalariados e independientes que coticen por primera vez en una cuenta de ahorro individual obligatoria, deberán permanecer dos años en la administradora que haya ganado la última licitación de cartera de nuevos afiliados, en este caso por el período 2021-2023.
Sin embargo, la ley también señala que si la AFP sube la comisión o si otra AFP ofrece una comisión más baja aún que la que ganó la última licitación, las personas podrán cambiarse a la administradora que estimen conveniente.
Cabe recordar que la de marzo pasado fue la séptima licitación de cartera de nuevos afiliados al sistema de capitalización individual obligatoria desde que se implementó dicha normativa, en el marco de la reforma previsional de 2008.
En esa oportunidad, la Comisión Evaluadora resolvió la adjudicación de licitación luego de analizar en detalle el contenido de los sobres con las ofertas económicas de las dos administradoras que participaron en el proceso, además de la oferta técnica adicional de AFP Modelo, dado que fue la que presentó la menor comisión por gestión de las cuentas de capitalización individual obligatoria.
Finalmente, para esta Superintendencia de Pensiones es relevante que las personas tengan claro que el servicio de administración de cuentas de capitalización individual obligatoria de nuevos afiliados debe mantener el mismo estándar de calidad que el resto de la industria y cumplir con las mismas exigencias normativas.