Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Superintendencia de Pensiones abre inscripciones para tercera prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y entidades dedicadas a esa actividad

  • La Superintendencia de Pensiones ha publicado en su sitio web, www.spensiones.cl, el formulario de inscripción para quienes deseen rendir la prueba. 
     
  • Las personas interesadas en participar en este proceso y que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente, deberán enviar el formulario, hasta el 1 de junio de 2022, al correo electrónico prueba.asesoresfinancieros@spensiones.cl.
     
  • Cabe precisar que el Registro de Asesores Financieros Previsionales es distinto al Registro de Asesores Previsionales y son independientes entre sí, y que esta tercera prueba es sólo para los primeros.

Santiago, 19/05/2022.-

La Superintendencia de Pensiones (SP) informa que desde hoy, 19 de mayo, y hasta el próximo 1 de junio, estarán abiertas las inscripciones para rendir la tercera prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y de las entidades del área. Para esto, ya se encuentra disponible el formulario de inscripción en su sitio web institucional, www.spensiones.cl.

Dicho formulario, publicado en formato PDF y Word, debe completarse y ser enviado al correo electrónico prueba.asesoresfinancieros@spensiones.cl, misma casilla a la que se pueden hacer llegar las consultas relacionadas con esta prueba, que se rendirá el 8 de junio próximo.

El documento para descarga y todos los detalles sobre el proceso de inscripción y rendición de la tercera prueba de acreditación de conocimientos se encuentran disponibles en la sección de Fiscalización y Regulación o en el link https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-propertyvalue-10472.html

Cabe recordar que el artículo 171 del D.L. N° 3.500, de 1980, considera como asesoría previsional otorgada por asesores financieros previsionales o entidades de asesoría financiera previsional, toda aquella asesoría y/o recomendación no personalizada que sea dirigida, por cualquier medio, a afiliados, beneficiarios o pensionados del sistema o a grupos específicos de aquéllos.

Es importante precisar que el Registro de Asesores Previsionales es distinto al Registro de Asesores Financieros Previsionales y son independientes entre sí. Además, la prueba de Asesores Financieros Previsionales no corresponde al proceso de acreditación de "Asesores Previsionales".

Asimismo, las y los asesores financieros previsionales se diferencian de las y los asesores previsionales en, al menos, los siguientes dos aspectos:

1. Emiten recomendaciones no personalizadas y,

2. Su ámbito de acción puede incluir sugerencias de cambios de fondos.

Es necesario señalar también que las asesoras y asesores financieros previsionales y las entidades de asesoría financiera previsional fueron creadas en la Ley N° 21.314, publicada el 13 de abril de 2021, que incorpora nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de mercado, al tiempo que regula la asesoría financiera previsional colectiva.

En atención a las facultades dispuestas en la legislación vigente, la Superintendencia de Pensiones estableció el siguiente cronograma para la rendición de la prueba:

Etapa

Fecha

1

Inicio Inscripciones para la prueba de conocimientos

19/05/2022

2

Cierre de inscripciones para la prueba de conocimientos

01/06/2022

3

Comunicación a personas inscritas de los locales y horario para rendir la prueba presencial

Entre 03/06/2022 y 06/06/2022

4

Rendición de la prueba de conocimientos

08/06/2022

5

Comunicación de los resultados a cada postulante

15/06/2022

Objetivo y requisitos

El objetivo de esta tercera prueba de acreditación de conocimientos es que las personas naturales dedicadas a la actividad de prestar asesoría financiera previsional puedan demostrar debidamente los conocimientos suficientes sobre materias previsionales y de seguros para desarrollar esa labor, conforme a lo dispuesto en el artículo 174 del D.L N° 3.500.

De igual modo, la legislación establece que la rendición de la prueba también será obligatoria para los socios, accionistas, administradores y representantes legales de las entidades de asesoría financiera previsional y sus dependientes que desempeñen la función de asesoría financiera previsional. Tanto ellos como las y los asesores financieros previsionales, deberán cumplir con los siguientes requisitos para rendir la prueba:

a) Tener mayoría de edad, nacionalidad chilena o extranjera, pero con residencia en Chile y con cédula de identidad al día.

b) Tener antecedentes comerciales intachables.

c) Tener, al menos, licencia de educación media o estudios equivalentes.

d) Acreditar los conocimientos suficientes sobre materias previsionales y de seguros.