Superintendencia de Pensiones abre inscripciones para cuarta prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y entidades dedicadas a esa actividad
- El formulario de inscripción para quienes deseen rendir la prueba ya se encuentra disponible en el sitio web de la Superintendencia de Pensiones, www.spensiones.cl, en la sección de Trámites.
- Las personas interesadas en participar en este proceso y que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente, deberán enviar el formulario al correo electrónico prueba.asesoresfinancieros@spensiones.cl. El plazo máximo para enviar el formulario es el 3 de mayo de 2023.
- Cabe precisar que el Registro de Asesores Financieros Previsionales es distinto al Registro de Asesores Previsionales y son independientes entre sí. Por esta razón, la SP reitera que esta cuarta prueba de acreditación de conocimientos sólo es aplicable para asesoras y asesores financieros previsionales.
Santiago, 19/04/2023.-
La Superintendencia de Pensiones (SP) informa que desde hoy, 19 de abril de 2023, y hasta el próximo 3 de mayo, estarán abiertas las inscripciones para rendir la cuarta prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y de las entidades dedicadas a esa actividad. Para esto, ya se encuentra disponible el formulario de inscripción en el sitio web institucional, www.spensiones.cl, en la sección de Trámites.
Dicho formulario, publicado en formato PDF y Word, debe completarse y ser enviado al correo electrónico prueba.asesoresfinancieros@spensiones.cl, misma casilla a la que se pueden hacer llegar las consultas relacionadas con esta prueba, que se rendirá el miércoles 10 de mayo de 2023.
Más detalles sobre el proceso de inscripción, rendición y temario de la prueba de acreditación de conocimientos se encuentran disponibles en el sitio web institucional www.spensiones.cl, en la sección Trámites/Otros Trámites, opción "Acreditación de Conocimientos Técnicos de Asesores Financieros Previsionales" o en el link https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-propertyvalue-10609.html
Cabe recordar que el artículo 171 del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, considera como asesoría previsional otorgada por asesores financieros previsionales o entidades de asesoría financiera previsional, toda aquella asesoría y/o recomendación no personalizada que sea dirigida, por cualquier medio, a afiliados, beneficiarios o pensionados del sistema o a grupos específicos de aquellos.
Es importante precisar que el Registro de Asesores Previsionales es distinto al Registro de Asesores Financieros Previsionales y son independientes entre sí. Además, la prueba de Asesores Financieros Previsionales no corresponde al proceso de acreditación de "Asesores Previsionales".
Asimismo, las y los asesores financieros previsionales se diferencian de las y los asesores previsionales en, al menos, los siguientes dos aspectos:
1. Emiten recomendaciones no personalizadas.
2. Su ámbito de acción puede incluir sugerencias de cambios de fondos.
También es necesario recordar que las y los asesores financieros previsionales y las entidades de asesoría financiera previsional fueron creadas en la Ley N° 21.314, publicada el 13 de abril de 2021, que incorpora nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de mercado, al tiempo que regula la asesoría financiera previsional colectiva.
En atención a las facultades dispuestas en la legislación vigente, la Superintendencia de Pensiones estableció el siguiente cronograma para la rendición de la prueba:
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N° |
Etapa |
Fecha |
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1 |
Inicio Inscripciones para la prueba de conocimientos |
19/04/2023 |
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2 |
Cierre de inscripciones para la prueba de conocimientos |
03/05/2023 |
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3 |
Comunicación a personas inscritas, respecto de los locales y horario para rendir la prueba presencial |
Entre 05/05/2023 y 08/05/2023 |
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4 |
Rendición de la prueba de conocimientos |
10/05/2023 |
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5 |
Comunicación de los resultados a cada postulante |
17/05/2023 |
Objetivo y requisitos
El objetivo de esta cuarta prueba de acreditación de conocimientos es que las personas naturales dedicadas a la actividad de prestar asesoría financiera previsional puedan demostrar debidamente los conocimientos suficientes sobre materias previsionales y de seguros para desarrollar esa labor, conforme a lo dispuesto en el artículo 174 del Decreto Ley N° 3.500.
De igual modo, la legislación establece que la rendición de la prueba también será obligatoria para los socios, accionistas, administradores y representantes legales de las entidades de asesoría financiera previsional y sus dependientes que desempeñen la función de asesoría financiera previsional. Tanto aquellos, como las y los asesores financieros previsionales, deberán cumplir con los siguientes requisitos para rendir la prueba:
a) Tener mayoría de edad, nacionalidad chilena o extranjera, pero con residencia en Chile y con cédula de identidad al día.
b) Tener antecedentes comerciales intachables.
c) Tener, al menos, licencia de educación media o estudios equivalentes.
d) Acreditar los conocimientos suficientes sobre materias previsionales y de seguros.