Superintendencia de Pensiones emite nueva norma que eleva las exigencias a las AFP para la entrega de información sobre inversiones en activos alternativos extranjeros
- La autoridad reguladora instruyó a las administradoras de fondos de pensiones a incorporar nueva información sobre las características, indicadores de desempeño y comisiones que se pagan a los distintos vehículos de inversión en activos alternativos extranjeros.
- La medida dispuesta por la Superintendencia de Pensiones tiene como principal objetivo aumentar el estándar y calidad de la información que tanto las AFP como la AFC III deben entregar a sus afiliadas y afiliados en relación con la inversión de sus fondos de pensiones y de cesantía.
- La autorización para la inversión en activos alternativos por parte de los Fondos de Pensiones y el Fondo de Cesantía Solidario entró en vigencia el 1 de noviembre de 2017.
Santiago, 22/12/2023.-
La Superintendencia de Pensiones (SP) emitió durante esta tarde una nueva norma de carácter general (NCG N° 317) que instruye a las administradoras de fondos de pensiones a incorporar nueva información sobre las características, indicadores de desempeño y comisiones que se pagan a los distintos vehículos de inversión en activos alternativos extranjeros. Lo mismo aplicará para la Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A. (AFC Chile) a través de la NCG N° 96.
La medida dispuesta por el organismo regulador tiene como principal objetivo aumentar el estándar y calidad de la información que tanto las AFP como la AFC III deben entregar a sus afiliadas y afiliados en relación con la inversión de sus fondos de pensiones y de cesantía.
La inversión en activos alternativos por parte de los Fondos de Pensiones y el Fondo de Cesantía Solidario entró en vigencia el 1 de noviembre de 2017 y su objetivo es diversificar las posibilidades de inversión y retorno en el largo plazo, en beneficio de los afiliados al sistema de pensiones. Así, gracias a la opción de poder contar con más instrumentos de inversión de largo plazo el afiliado podrá acceder eventualmente a una mayor pensión.
La NCG N° 317 modifica la regulación del Título I del Libro IV del Compendio de Normas del Sistema de Pensiones, incorporando nuevas instrucciones con el objetivo de que las AFP reporten las características, costos y también distintas medidas de desempeño de los vehículos que invierten en
activos alternativos extranjeros, pero también respecto de cómo deben enviar la nueva información solicitada. En el caso de la NCG N° 96 modifica el Título I del Libro IV del Compendio de Normas del Seguro de Cesantía.
Nuevo informe
A partir de la aplicación de las NCG N° 317 y NCG N° 96 y en el marco del compromiso de entregar información relevante y comprensible a la ciudadanía, la Superintendencia de Pensiones incorporará en su listado de publicaciones un nuevo informe específico de activos alternativos extranjeros.
La elaboración de este nuevo documento, que se proyecta a mediano plazo, tiene como finalidad entregar información sobre los costos y desempeño de las inversiones de fondos de pensiones y de cesantía en activos alternativos en base al estándar internacional para este tipo de instrumentos financieros.