Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Superintendencia de Pensiones abre las inscripciones para la sexta prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y entidades dedicadas a esa actividad

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  • La Superintendencia de Pensiones ha iniciado en su sitio web, www.spensiones.cl, el proceso de inscripción para quienes deseen rendir la prueba.
     
  • Las personas interesadas en participar en este proceso y que cumplan con los requisitos establecidos en la legislación vigente, deberán enviar el formulario, hasta el 30 de abril de 2025, al correo electrónico prueba.asesoresfinancieros@spensiones.cl.
     
  • Cabe precisar que el Registro de Asesores Financieros Previsionales es distinto al Registro de Asesores Previsionales y son independientes entre sí, y que esta sexta prueba es sólo para los primeros.

Santiago, 23/04/2025.-

La Superintendencia de Pensiones (SP) informa que, desde el 16 de abril, y hasta el próximo 30 de abril, estarán abiertas las inscripciones para rendir la sexta prueba de acreditación de conocimientos de asesoras y asesores financieros previsionales y de las entidades del área. Para esto, se encuentra disponible el formulario de inscripción en su sitio web institucional, www.spensiones.cl.

Dicho formulario, publicado en formato PDF y Word, debe completarse y ser enviado al correo electrónico prueba.asesoresfinancieros@spensiones.cl, misma casilla a la que se pueden hacer llegar las consultas relacionadas con esta prueba, que se rendirá el día 13 de mayo próximo.

Más detalles sobre el proceso de inscripción y rendición de la prueba de acreditación de conocimientos se encuentran disponibles en el sitio web institucional www.spensiones.cl, en la sección Atención Ciudadana, Trámites por otros públicos, opción Asesores financieros previsionales, alternativa "Acreditación de Conocimientos Técnicos de Asesores Financieros Previsionales" o en el link https://www.spensiones.cl/portal/institucional/597/w3-article-15792.html

Es muy importante considerar los siguientes puntos:

  • El temario para la prueba de acreditación de conocimientos se encuentra establecido en el anexo 1 de la Norma de Carácter General N° 290.
  • Cabe recordar que el artículo 171 del D.L. N° 3.500, de 1980, considera como asesoría previsional otorgada por asesores financieros previsionales o entidades de asesoría financiera previsional, toda aquella asesoría y/o recomendación no personalizada que sea dirigida, por cualquier medio, a afiliados, beneficiarios o pensionados del sistema o a grupos específicos de aquéllos.
  • El Registro de Asesores Previsionales es distinto al Registro de Asesores Financieros Previsionales y son independientes entre sí. Además, la prueba de Asesores Financieros Previsionales no corresponde al proceso de acreditación de "Asesores Previsionales".
  • Asimismo, las y los asesores financieros previsionales se diferencian de las y los asesores previsionales en, al menos, los siguientes dos aspectos:
  1. Emiten recomendaciones no personalizadas y,
  2. Su ámbito de acción puede incluir sugerencias de cambios de fondos.

Cronograma

En atención a las facultades dispuestas en la legislación vigente, la Superintendencia de Pensiones estableció el siguiente cronograma para la rendición de la prueba:

Etapa

Fecha

Inicio Inscripciones para la prueba de conocimientos

16-04-2025

Cierre de inscripciones para la prueba de conocimientos

30-04-2025

Comunicación a personas inscritas respecto de los locales y horario para rendir la prueba presencial

02-05-2025 al 08-05-2025

Rendición de la prueba de conocimientos

13-05-2025

Comunicación de los resultados a cada postulante

20-05-2025

Objetivo y requisitos

El objetivo de esta sexta prueba de acreditación de conocimientos es que las personas naturales interesadas en la actividad de asesoría financiera previsional puedan demostrar debidamente los conocimientos suficientes sobre materias previsionales y de seguros para desarrollar esa labor, conforme con lo dispuesto en el artículo 174 del D.L. N° 3.500.

De igual modo, la legislación establece que la rendición de la prueba también será obligatoria para los socios, accionistas, administradores y representantes legales de las entidades de asesoría financiera previsional y sus dependientes que desempeñen la función de asesoría financiera previsional. Tanto ellos como las y los asesores financieros previsionales, deberán cumplir con los siguientes requisitos para rendir la prueba:

a) Tener mayoría de edad, nacionalidad chilena o extranjera, pero con residencia en Chile y con cédula de identidad al día.

b) Tener antecedentes comerciales intachables.

c) Tener, al menos, licencia de educación media o estudios equivalentes.

d) Acreditar los conocimientos suficientes sobre materias previsionales y de seguros.


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