Comisiones pagadas entre el 1° de julio y el 30 de septiembre de 2009
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La Superintendencia de Pensiones informó que el monto de las comisiones pagadas por los Fondos de Pensiones y de Cesantía y sus respectivas Administradoras por sus inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión, en títulos representativos de índices financieros y por empleo de entidades mandatarias, para el período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de septiembre de 2009 fueron las siguientes:
I. Comisiones pagadas por los Fondos de Pensiones y las Administradoras
Las comisiones pagadas por los Fondos de Pensiones por sus inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión extranjeros, y en títulos representativos de índices financieros, para el período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de septiembre de 2009 alcanzaron a un total de $34.395 millones. Esta cifra equivale a un 0,67% del valor de la inversión total en fondos extranjeros y títulos representativos de índices financieros, y a un 0,24% del valor de los activos de los Fondos de Pensiones.
Por su parte, durante el mismo período, los Fondos de Pensiones pagaron por concepto de comisiones a los fondos mutuos y de inversión nacionales un monto de $4.782 millones, equivalente a un 0,70% del valor de la inversión en cuotas de fondos mutuos y de inversión nacionales y a un 0,02% del valor de los activos de los Fondos de Pensiones.
En consideración a que durante el período antes señalado las comisiones cobradas por algunos fondos mutuos y de inversión y títulos representativos de índices financieros superaron las comisiones máximas establecidas con cargo a los Fondos de Pensiones, algunas Administradoras tuvieron que pagar a sus respectivos Fondos administrados por concepto de mayores comisiones, un total de $2.382.119 por las inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión de emisores extranjeros y títulos representativos de índices financieros y de $1.676 por las inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión de emisores nacionales.
Debido a que durante el período las Administradoras no han encargado a entidades mandatarias extranjeras la administración de inversiones en el extranjero, no existen comisiones pagadas a tales entidades .
II. Comisiones pagadas por los Fondos de Cesantía y la Sociedad Administradora
Las comisiones pagadas por los Fondos de Cesantía por sus inversiones en cuotas de fondos mutuos y de inversión extranjeros, y en títulos representativos de índices financieros, para el período comprendido entre el 1° de julio y el 30 de septiembre de 2009 alcanzaron a un total de $ 19 millones. Esta cifra equivale a un 0,31% del valor de la inversión total en fondos extranjeros y títulos representativos de índices financieros, y a un 0,01% del valor de los activos de los Fondos de Cesantía.
Por su parte, durante el mismo período, los Fondos de Cesantía pagaron por concepto de comisiones a los fondos mutuos y de inversión nacionales un monto de $ 23 millones, equivalente a un 0,48% del valor de la inversión en cuotas de fondos mutuos y de inversión nacionales y a un 0,01% del valor de los activos de los Fondos de Cesantía.
La información señalada precedentemente se proporciona con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el inciso octavo del artículo 45 bis del Decreto Ley N° 3.500, de 1980, que establece que la Superintendencia de Pensiones deberá informar las comisiones efectivamente pagadas por los Fondos de Pensiones y de Cesantía y por las Administradoras en este tipo de inversiones. Asimismo, la citada disposición legal señala que los Superintendentes de Administradoras de Fondos de Pensiones, de Bancos e Instituciones Financieras y de Valores y Seguros establecerán anualmente las comisiones máximas a ser pagadas con cargo a los Fondos de Pensiones, por las inversiones que éstos realicen en cuotas de fondos mutuos y de inversión, tanto nacionales como extranjeras y títulos representativos de índices financieros. Si las comisiones pagadas son mayores a las máximas establecidas, los excesos sobre estas últimas serán de cargo de las Administradoras.