Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Superintendencia de Pensiones informa nuevos valores del Tope Imponible

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Santiago, 8 de enero de 2010.-


La Superintendencia de Pensiones informa que el tope imponible mensual que se utilizará en el año 2010 para el cálculo de las cotizaciones obligatorias del sistema de AFP, salud y ley de accidentes del trabajo será de 64,7 Unidades de Fomento.

Por otra parte, el tope imponible mensual que se utilizará en el año 2010 para el cálculo de las cotizaciones del Seguro de Cesantía será de 97,1 Unidades de Fomento.
A través de las resoluciones N° 22 y N° 23 de esta Superintendencia, de fecha 8 de enero de 2010, que serán publicadas mañana 9 de enero en el Diario Oficial para su entrada en vigencia, se establece que estos nuevos topes imponibles se aplicarán a las remuneraciones pagadas a contar del mes de enero de 2010.

La legislación vigente establece que estos topes imponibles se deben reajustar anualmente de acuerdo a la variación positiva que experimente el Índice de Remuneraciones Reales determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas, que para el período noviembre 2008 - noviembre 2009 alcanzó a 7,9%.

Cabe señalar que las cotizaciones previsionales correspondientes a las remuneraciones de enero, deben ser pagadas hasta el día 10 de febrero del presente año. Si los pagos se realizan a través de un medio electrónico, el plazo es el día 13 de febrero.

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