¿Qué pasa con los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía cuando la o el trabajador se pensiona?
Cuando la o el trabajador está realizando el trámite de pensión, voluntariamente puede traspasar los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que es gestionada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), a su cuenta de capitalización Individual obligatoria que es gestionada por una administradora de fondos de pensiones (AFP).
También es posible que una vez pensionada, la persona puede disponer o retirar, en un solo giro, la totalidad de los fondos acumulados en su CIC, con excepción de aquellas personas pensionadas por invalidez parcial.
La o el trabajador, una vez pensionado, quedará exento de la obligación de cotizar para el seguro de cesantía.
Otras preguntas relacionadas
- ¿Es posible que la o el empleador descuente de las indemnizaciones por años de servicio una parte de lo que aportó al seguro de cesantía?
- ¿Cuánto me deben descontar de mi sueldo para el seguro de cesantía?
- ¿Se puede cotizar de manera voluntaria por un monto superior a la cotización obligatoria?
- ¿Puedo retirar los fondos del seguro de cesantía por otros motivos distintos del desempleo?
- ¿Qué hago si me doy cuenta de que mi empleador no está pagando las cotizaciones del seguro de cesantía?
- ¿Qué debe hacer la o el empleador si está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadoras y trabajadores?
- ¿Qué beneficios entrega el seguro de cesantía?
- ¿Qué rol cumple la Bolsa Nacional de Empleo en el seguro de cesantía?
- ¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder al Fondo de Cesantía Solidario?