¿Es posible que la o el empleador descuente de las indemnizaciones por años de servicio una parte de lo que aportó al seguro de cesantía?
Si la o el trabajador recibe indemnización por años de servicio, a ese monto se le descuentan las cotizaciones que hayan sido efectuadas por la o el empleador, más su rentabilidad.
La ley establece que en ningún caso se puede descontar el monto de los aportes al seguro de cesantía que haya realizado la o el trabajador.
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