Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

¿Qué es la licitación de la administración de cuentas de nuevas y nuevos afiliados?

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Para proteger a las personas, cada dos años la Superintendencia de Pensiones realiza una licitación pública de la cartera de nuevas y nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP). La ley establece que esa cartera se adjudique a la administradora que cobre la comisión más baja por gestionar los ahorros previsionales obligatorios de las personas.

Cabe tener presente que esa comisión se aplica a la remuneración imponible de la trabajadora o el trabajador, junto con la cotización de 10% que va a la cuenta de ahorros previsionales obligatorios.

La legislación dispone que una vez que se adjudica la cartera de nuevas afiliadas y afiliados a la AFP que ofreció la menor comisión, dichas personas deberán permanecer en esa AFP por un período de 24 meses.

Sin embargo, también señala que si la AFP sube la comisión o si otra AFP ofrece una comisión más baja aún que la que ganó la última licitación, las personas podrán cambiarse de administradora a la que estimen conveniente.


Actuales comisiones que cobran las AFP

Desde el 1 de octubre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja, correspondiente a un 0,46% de la remuneración o renta imponible de la persona.

Las comisiones mensuales que actualmente cobran las administradoras son las siguientes:

  • AFP Capital: 1,44%
  • AFP Cuprum: 1,44%
  • AFP Habitat: 1,27%
  • AFP Modelo: 0,58%
  • AFP Planvital: 1,16%
  • AFP Provida: 1,45%
  • AFP Uno: 0,46%

¿Cómo se hace el proceso de licitación de cartera y que pasa si ninguna AFP se presenta?

En el proceso de licitación pública de cartera de nuevas y nuevos afiliados pueden participar todas las AFP existentes, así como también aquellas que estén en formación y cuenten con un certificado provisional de autorización.

Sin embargo, si la licitación de cartera de nuevas y nuevos afiliados es declarada desierta, las nuevas y los nuevos afiliados serán asignados por la Superintendencia de Pensiones a la AFP que cobre la menor comisión a la fecha de ingreso al sistema. Esas personas luego podrán traspasarse libremente a otra administradora.

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