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Compensación por Divorcio

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En caso de divorcio, si uno de los cónyugues ha sufrido un menoscabo económico, el otro deberá compensarlo por medio del traspaso de fondos previsionales entre sus respectivas cuentas de AFP.

¿Quiénes tienen derecho?

Personas que estuvieron casadas por cualquier régimen patrimonial.

Requisitos

  • Estar legalmente divorciado.
  • Que un juez determine que existe menoscabo para uno de los cónyuges.

¿Cómo acceder?

Una vez recibida una orden de compensación económica desde los tribunales, la AFP deberá traspasar los fondos dentro de los 15 días hábiles siguientes, y si el cónyuge compensado no está afiliado al sistema, deberá crear una cuenta voluntaria a su nombre.

Monto del beneficio

El juez debe definir el porcentaje de los fondos del cónyuge que debe compensar, que no podrá exceder el 50% de las cotizaciones obligatorias acumuladas durante el matrimonio y la rentabilidad que hayan generado.