Pensionados y pensionados de la AFP y del Sistema de Pensiones Solidarias, que estén dentro cuatro quintiles más vulnerables de la población (1.871 o menos de focalización previsional).
Importante: No tienen derecho al beneficio los pensionados de Capredena o Dipreca.
El pensionado debe solicitar que se le realice el Registro Social de Hogares en su municipalidad. Si cumple con los requisitos de puntaje, edad y residencia, puede solicitar el beneficio en el IPS. Éste le informa a las entidades pagadoras (sea AFP, IPS, Compañías de Seguros) el último día hábil de cada mes, los beneficiarios que cumplan con los citados requisitos para que proceda a aplicar la exención de la cotización a contar del mes siguiente.
Exención del 100% de la cotización tanto en Fonasa como en Isapre. Los pensionados seguirán recibiendo los beneficios de sus planes, sin cambiar su calidad de afiliado ni su contrato de salud.