¿Puede otra persona hacer los trámites de pensión en mi nombre?
Sí, se puede. Sin embargo, para esto la afiliada o afiliado que quiere iniciar su trámite de pensión debe suscribir un poder ante notario. En ese documento se debe señalar expresamente las facultades que se otorgan a la persona mandataria que hará los trámites en representación de la afiliada o el afiliado.
Es responsabilidad de la fiscalía o asesoría legal de cada administradora de fondos de pensiones (AFP), la calificación de la suficiencia del documento notarial y las facultades conferidas en él.
El formulario de mandato para realizar el trámite notarial puede descargarse aquí Mandato para Trámite de Pensiones.
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