Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

¿Cómo y dónde se inician los trámites de pensión?

Las afiliadas y los afiliados deben solicitar su pensión directamente a la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la cual se encuentra afiliados, presentando su cédula nacional de identidad, firmando la solicitud original y también una copia de la misma.

Es importante tener presente que el trámite de pensión que se realiza en respectiva administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada o afiliado, es totalmente gratis.

Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de pensión, la AFP debe emitir el certificado de saldo a la afiliada o el afiliado que inició el trámite. Ese certificado es el documento a través del cual la administradora le informa a la persona el monto de los recursos que tiene en su cuenta de capitalización individual obligatoria y los parámetros relevantes para acceder a la pensión solicitada.

Si, además, la afiliada o el afiliado tiene bono de reconocimiento y al momento de iniciar el trámite de pensión, dicho beneficio no se encontrase liquidado o visado, según sea el caso, la emisión del certificado de saldo se postergará al décimo día hábil siguiente a su liquidación.

Asimismo, en conjunto con la emisión, la AFP deberá poner el certificado de saldo a disposición de la afiliada o el afiliado y enviar su información al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).