¿Quién financia los exámenes e interconsultas que se soliciten durante el proceso de evaluación y calificación de invalidez?
La legislación establece que los exámenes e informes médicos que se soliciten durante el proceso de evaluación y calificación de invalidez de una afiliada o un afiliado serán de cargo de:
- La AFP, cuando se trate de afiliadas y afiliados no cubiertos por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
- Las compañías de seguros de vida (CSV) que se adjudiquen la licitación del referido SIS, en el caso de las y los afiliados cubiertos por dicho seguro.
- El Instituto de Previsión Social (IPS) en el caso de las personas solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI). En este último caso, los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan. En este caso, esas personas concurrirán al financiamiento con el monto que les habría correspondido pagar si la prestación requerida por la Comisión Médica se hubiese realizado en un servicio de salud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley N° 18.469, es decir, por un máximo de 10% o 20% del Arancel Fonasa Nivel 1, equivalente a la clasificación socioeconómica C o D, respectivamente, independiente del sistema de salud al que se encuentren acogidas.
Importante: la AFP financia la totalidad de los exámenes e informes médicos de afiliadas y afiliados cesantes, desempleados y de quienes cotizan por el ingreso mínimo, equivalentes a la clasificación socioeconómica Fonasa A o B.
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