Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

España

El Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de España permite que las personas que hayan trabajado en alguno de los dos países y cotizado en el respectivo sistema de seguridad social puedan solicitar pensiones de vejez o invalidez y, en caso de fallecimiento, sus familiares puedan solicitar pensiones de sobrevivencia. Las y los ciudadanos españoles que se encuentren en Chile o las y los ciudadanos chilenos que se encuentren en España, ya sea temporal o permanentemente, pueden acceder a los beneficios del sistema público de salud de cualquiera de los dos países. Además, permite que las personas que vayan a trabajar al otro país temporalmente puedan eximirse de cotizar en el país de destino y continuar cotizando en el país de origen.

Normativa

El Decreto N° 262, publicado en el Diario Oficial el 29 de abril de 1998, promulga el Convenio de Seguridad Social con España. Para conocer el convenio pinche aquí.


Tramitación de pensiones

Las personas que residan en Chile y quieran solicitar una pensión en España deben presentar el formulario respectivo en la institución a la que estén afiliadas: AFP o IPS.

Si una persona no se encuentra afiliada a una AFP o al IPS, debe presentar el formulario directamente en la Superintendencia de Pensiones.

Solicitud de pensión de vejez o invalidez, convenio Chile-España Solicitud de pensión de sobrevivencia


Organismos de enlace en España

Para efectos de este convenio, los organismos de enlace en España son el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina.


Beneficios de salud

Las ciudadanas y cuidadanos de ambos países, que estén incorporados en los respectivos sistemas de salud pública, tienen derecho a cobertura del Fondo Nacional de Salud (Fonasa) en Chile y a asistencia sanitaria en España. Para esto, deben dirigirse a Fonasa en el caso chileno.


Trabajadoras y trabajadores desplazados

Las personas que vayan a España a trabajar temporalmente pueden seguir cotizando en Chile, en lugar de integrarse al sistema previsional español.

El convenio permite acogerse a este beneficio a trabajadoras y trabajadores dependientes e independientes, por un periodo de tres años, con la posibilidad de dos años de prórroga.

Para eso, deben solicitar autorización a la Superintendencia de Pensiones, al menos, 30 días antes de la fecha de traslado, con cuatro ejemplares originales del siguiente formulario (dejando en blanco el campo "Organismo de nlace"):

Formulario desplazamiento convenio Chile-España Formulario de prórroga de desplazamiento convenio Chile - España

La persona trabajadora o empleadora puede realizar este trámite de manera presencial en las oficinas regionales de la Superintendencia o en línea, completando el correspondiente Certificado de Desplazamiento y adjuntando los documentos requeridos.


Documentos

Convenio de Seguridad Social entre Chile y España Convenio complementario de seguridad social entre Chile y España