Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Países Bajos

El Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y Países Bajos permite que las personas que hayan trabajado en alguno de los dos países y cotizado en el respectivo sistema de seguridad social puedan solicitar pensiones de vejez o invalidez y, en caso de fallecimiento, sus familiares pueden solicitar pensiones de sobrevivencia. Las personas pensionadas en Países Bajos que residan en Chile pueden acceder a beneficios de salud que entrega Fonasa. Además, permite que las personas que vayan a trabajar al otro país temporalmente puedan eximirse de cotizar en el país de destino y continuar cotizando en el país de origen.

Normativa

El Decreto N° 69, publicado en el Diario Oficial el 20 de marzo 1997, promulga el Convenio sobre Seguridad Social con el Reino de los Países Bajos. Para conocer el convenio pinche aquí.


Tramitación de pensiones

Las personas que residan en Chile y quieran solicitar una pensión en Holanda deben presentar el formulario respectivo en la institución a la que están afiliados: AFP o IPS.

Si una persona no se encuentra afiliada a una AFP o al IPS, debe presentar directamente en la Superintendencia de Pensiones uno de los siguientes formularios según corresponda:

Solicitud de pensión de vejez Solicitud de una prestación de sobrevivencia y orfandad Solicitud de una prestación de orfandad absoluta Solicitud de una prestación de orfandad


Organismos de enlace en Países Bajos

Según el requerimiento o trámite que se necesite realizar, los organismos de enlace son los siguientes:

  • Invalidez: Nieuwe Algemene Bedrijfsvereniging (Nueva Asociación General de Empresas), Amsterdam.
  • Vejez y supervivencia: Sociale Verzekeringsbank (Banco de Seguridad Social), Amstelveen.
  • Para la administración en relación con los artículos 7, 8 y 12 del Convenio: Sociale Verzekeringsbank (Banco de Seguridad Social), Amstelveen.


Beneficios de salud para personas pensionadas

Las personas que vivan en Chile y solo reciban una pensión de Países Bajos pueden incorporarse al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) para tener cobertura de salud. Para esto, se debe acudir a la Superintendencia de Pensiones con la siguiente documentación:

  • El documento que le otorgó dicha pensión.
  • Su última liquidación de pago.
  • Una fotocopia de su cédula de identidad.

La Superintendencia de Pensiones le otorgará un Certificado de cotización de salud que debe presentar en Fonasa para pagar su cotización. Este trámite lo puede realizar de manera presencial en las oficinas regionales de la Superintendencia o en línea, completando el siguiente Certificado de cotización de salud para personas pensionadas acogidas a un convenio de seguridad social.


Trabajadoras y trabajadores desplazados

Las personas que se trasladen a trabajar temporalmente a otro país que tenga convenio de seguridad social con Chile pueden solicitar mantener sus cotizaciones previsionales en el país. Esto permite que aquellas personas se desplacen desde Chile a un país con un Convenio Internacional de Seguridad Social vigente queden exentas de la obligación de cotizar en el lugar de destino.

El beneficio aplica siempre que la entidad empleadora continúe pagando en Chile las cotizaciones previsionales de las personas trabajadoras. Es preciso señalar que el convenio permite acogerse a dicho beneficio a personas trabajadoras en calidad de dependientes e independientes, por un periodo de dos años.

Formulario del período de desplazamiento o excepción Formulario del período de desplazamiento o excepción

La persona trabajadora o empleadora puede realizar este trámite de manera presencial en las oficinas regionales de la Superintendencia o en línea, completando el correspondiente Certificado de Desplazamiento y adjuntando los documentos requeridos.


Documentos

Convenio de Seguridad Social y Acuerdo administrativo Chile-Holanda (idioma original) Convenios de Seguridad Social Chile-Holanda Acuerdo Administrativo Chile-Holanda Modificación al Convenio Chile-Holanda