Superintendencia de Pensiones - Gobierno de Chile

Luxemburgo

El Convenio sobre Seguridad Social entre la República de Chile y el Gran Ducado de Luxemburgo permite que las personas que hayan trabajado en alguno de los dos países y cotizado en el respectivo sistema de seguridad social puedan solicitar pensiones de vejez o invalidez y, en caso de fallecimiento, sus familiares pueden solicitar pensiones de sobrevivencia. Las personas pensionadas en Luxemburgo que residan en Chile pueden acceder a beneficios de salud que entrega Fonasa. Además, permite que las personas que temporalmente vayan a trabajar al otro país puedan eximirse de cotizar en el país de destino y continuar cotizando en el país de origen.

Normativa

El Decreto N° 612, publicado en el Diario Oficial el 25 de junio de 1999, promulga el Convenio de Seguridad Social con el Gran Ducado de Luxemburgo. Para conocer el convenio pinche aquí.


Tramitación de pensiones

Las personas que residan en Chile y quieran solicitar una pensión en Luxemburgo deben presentar el formulario respectivo en la institución a la que están afiliadas AFP O IPS.

Si una persona no se encuentra afiliada a una AFP o al IPS, debe presentar el formulario directamente en la Superintendencia de Pensiones.

Solicitud de pensión por vejez o invalidez
Solicitud de pensión de sobrevivencia


Organismo de enlace en Luxemburgo

El organismo de enlace en Luxemburgo para efectos del convenio bilateral es la Inspección General de la Seguridad Social.


Beneficios de salud para personas pensionadas

Las personas que vivan en Chile y solo reciban una pensión luxemburguesa pueden incorporarse al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) para tener cobertura de salud. Para esto, se debe acudir a la Superintendencia de Pensiones con la siguiente documentación:

  • El documento que le otorgó dicha pensión.
  • Su última liquidación de pago.
  • Una fotocopia de su cédula de identidad.

La Superintendencia de Pensiones le otorgará un Certificado de cotización de salud que debe presentar en Fonasa para pagar su cotización. Este trámite lo puede realizar de manera presencial en las oficinas regionales de la Superintendencia o en línea, completando el siguiente Certificado de cotización de salud para personas pensionadas acogidas a un convenio de seguridad social.


Trabajadoras y trabajadores desplazados

Las personas que desde Chile vayan a realizar labores de carácter temporal a otro Estado Contratante y desean obtener un Certificado de Desplazamiento o Excepción para continuar sujeto a la legislación chilena, es decir, seguir cotizando en una administradora de fondos de pensiones (AFP) y quedar exento de cotizar en el otro Estado Contratante, podrán hacerlo siempre que cumplan las condiciones y el período máximo de desplazamiento establecidos en el respectivo Convenio de Seguridad Social entre Chile y el Estado Contratante de destino.

Lo anterior, previa autorización de la Superintendencia de Pensiones otorgada a través de un Certificado de Desplazamiento o Excepción.

Formulario del período de desplazamiento o excepción (PDF) Formulario del período de desplazamiento o excepción (DOC)

La persona trabajadora o empleadora puede realizar este trámite de manera presencial en las oficinas regionales de la Superintendencia o en línea, completando el correspondiente Certificado de Desplazamiento y adjuntando los documentos requeridos.


Documentos

Convenio de Seguridad Social y Acuerdo administrativo Chile-Luxemburgo (idioma español) Convenio de Seguridad Social y Acuerdo administrativo Chile-Luxemburgo (idioma original)